Cursos gratuitos para trabajadores, desempleados y autónomos

Noticias

¿Cuáles son las medidas extraordinarias aplicadas en la formación profesional para el empleo debido a la actual crisis sanitaria?

Publicado por Ana Belén de la Torre

¿Cuáles son las medidas extraordinarias aplicadas en la formación profesional para el empleo debido a la actual crisis sanitaria?
27 abril 2020
Número de comentarios 0 comentarios

Por la información que recibimos cada día, las contingencias sanitarias actuales está provocando en las personas una situación de desconcierto en muchos ámbitos de la sociedad y uno de ellos es la formación. La sociedad en que la vivimos, avanza rápido, y nosotros, corremos con ella, la naturaleza nos ha parado en seco y ello nos debe servir para aprovechar el tiempo en aquello que dejamos en nuestra lista pendiente de tareas y que son importantes para nuestro proyecto personal y laboral, es por ello, que consideramos que es un buen momento para actualizar nuestra formación y reforzarla a través de la formación online. Para ello, como ya sabéis contamos con un Catálogo de Especialidades Formativas, subvencionadas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social,  destinadas prioritariamente a trabajadores de su sector y en un porcentaje más pequeño, pero no menos importante, a desempleados inscritos como demandantes de empleo como principal requisito.

 

Resolución del SEPE para la formación profesional para el empleo

Sabemos que hay muchas personas que habéis perdido vuestro puesto de trabajo y otros que os encontráis con un contrato en suspensión de empleo, por ello, el pasado 15 de julio, se publicó la Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

En el mismo, se regulan una serie de medidas que flexibilizan las condiciones establecidas en la convocatoria y así, poder garantizar un mejor ejercicio y una mayor adaptación a las circunstancias que nos acompañan. Estas medidas ayudarán a mantener el mayor número de empleos posibles de regreso a la estabilidad económica.

 

¿Qué medidas se han adoptado para hacer frente al COVID-19 en la realización de formación gratuita?

La primera medida adoptada, es la ampliación del plazo de ejecución, lo cual conllevaría, a alargar el tiempo en el que poder solicitar e inscribirse a cualquiera de las especialidades formativas que forman el catálogo  de esta formación.

En segundo lugar, se incrementa el número de personas desempleadas que pueden acceder a esta formación, de un 30 a 40 por ciento por programa. Esta medida acusa al aumento de desempleados que ha conllevado esta crisis por el gran aumento de despidos ante contratos temporales de empleo.

Así mismo, podrán participar en cualquier programa de formación de esta convocatoria;

Las personas trabajadoras cuya relación laboral se haya extinguido por un expediente de regulación de empleo (ERE) de acuerdo con lo establecido en los artículo 51 y 52 del texto refundido del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Las personas trabajadores cuyos contratos se hayan suspendido por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores. Los trabajadores, no tendrán consideración de desempleados al mantener vigente, aunque suspendida, su relación laboral con la empresa.

Las personas trabajadoras autónomas.

– Las personas trabajadoras de la economía social (cooperativas, sociedades laborales, mutualidades…)

Por tanto, para todos aquellos que estuvierais preocupados por vuestra formación, os animamos a participar en estos cursos donde podréis desarrollar vuestras capacidades formativas y de manera gratuita, pues entendemos que es un tiempo difícil para todos.

 

¿A qué cursos puedo acceder?

A continuación os dejo un resumen de los ámbitos sectoriales a los que podéis acceder desde nuestra página web. Os recuerdo que estos cursos pretenden fomentar el desarrollo del trabajador en su actividad principal, por lo que para realizar cualquier curso se debe pertenecer al ámbito sectorial en cuestión, mientras que los desempleados que pretendan acceder podrán solicitarlo en cualquiera de ellos con la intención de que puedan insertarse en la vida laboral lo antes posible con la formación necesaria para ello.

Ámbitos sectoriales:

Industrias Alimentarias; Alimentación y bebidas, mataderos de aves y conejos, industrias cárnicas, conservas vegetales, industria del tabaco)

Construcción e Industrias Extractivas; Construcción, madera, minería, derivados del cemento, corcho, tejas, ladrillos y piezas especiales de arcilla cocida, empresas productoras de cementos, fabricación de azulejos, pavimentos y baldosas cerámicas, yesos, escayolas, cales y sus prefabricados.

Finanzas y Seguros; Entidades aseguradoras, reaseguradoras y mutuas de accidentes de trabajo, establecimientos financieros de crédito, mediación de seguros privados, cajas de ahorro, otras actividades financieras, sociedades cooperativas de crédito.

Servicios (Otros); Peluquería, institutos de belleza, gimnasios y similares, seguridad privada, servicio doméstico, actividades de bibliotecas, museos, limpieza de edificios, juegos de azar y apuestas, empleados de fincas urbanas, servicios funerarios y limpieza, lavado y planchado de ropa.

Servicios a Empresas; Consultoría y estudios de mercado y opinión pública, Ingeniería y oficinas de estudios técnicos, ETT, Contact Center, Servicios de prevención ajenos, investigación y desarrollo y gestión de la información y de la comunicación.

Comercio y Marketing; Comercio, delegaciones del ente público empresarial de loterías y apuestas del Estado, promoción, degustación, merchandising y distribución de muestras y administración de loterías.

 

Consulta más información

Si tenéis alguna duda, podéis poneros en contacto con nosotros y una asesora resolverás todas tus dudas. También podréis ampliar esta información en las siguientes resoluciones publicadas en el BOE:

Resolución 18 de enero de 2019, del Servicio de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, donde podréis ver los requisitos imprescindibles para poder inscribirse en los mismo o solicitando a través de nuestra página web.

Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Comentarios

No hay comentarios
Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Artículos recomendados

Quiero suscribirme al Blog

Introduce tu correo electrónico para suscribirte a este Blog y recibir información de interés.
Euroinnova Business School
Inesem Business School
Indize
Cualifica2
Innoforma
Conoces los requisitos de acceso
Conoce los Requisitos de Acceso
¿Tienes dudas? Te informamos
¿Tienes dudas? Te informamos