Las especialidades formativas, es decir, los cursos gratuitos pertenecen a un Plan de Formación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cuyo objetivo es responder las necesidades profesionales actuales de los mercados. Por ello, los cursos están sujetos a unos requisitos de acceso.

Podrás acceder a las especialidades formativas, siempre y cuando cumplas los requisitos de acceso:

  • Esta convocatoria está dirigida prioritariamente a personas ocupadas.
  • Podrán acceder a ella personas trabajadoras en situación de desempleo, inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo con el límite del 30% establecido en normativa.(El cupo ha sido ampliado al 40% por las circunstancias excepcionales provocadas por el COVID-19)
  • No podrán realizarlo trabajadores de la Administración Pública.

Será requisito indispensable, para los trabajadores, pertenecer al ámbito sectorial en el que está clasificado el curso en el que esté interesado en inscribirse (en el caso de trabajadores en ERTE, autónomos o de la economía social podrán realizar cursos gratuitos de cualquier ámbito sectorial).

La condición de trabajador o desempleado dependerá de la situación en la que se encuentre a día de inicio del curso así como del resto de casos. (Ejemplo: un trabajador en ERTE podrá realizar un curso de cualquier ámbito sectorial siempre y cuando esa sea su situación el día de inicio del curso, en cambio si a día de inicio del curso su situación ha cambiado y se encuentra trabajando sólo podrá realizarlo del sector al que pertenezca).

Cursos Gratuitos para personas ocupadas
Personas Ocupadas
Cursos Gratuitos para demandantes de empleo
Demandantes de Empleo
Cursos Gratuitos para ocupados y demandantes de empleo
Para matricularse en los cursos gratuitos tendrán prioridad algunos colectivos

Tendrán prioridad los siguientes colectivos

Además de los requisitos anteriores, todos los cursos establecen prioridad a los siguientes colectivos:

  • Jóvenes menores de 30 años
  • Mujeres
  • Trabajadores y trabajadoras de baja cualificación
    • Cuenta ajena: Aquellos que estén incluidos en uno de los siguientes grupos de cotización: 06, 07, 09 o 10.
    • Autónomos y Desempleados: aquellas personas que no estén en posesión de un carnet profesional, certificado de profesionalidad de nivel 2 o 3, título de formación profesional o de una titulación universitaria.
  • Trabajadores y trabajadoras mayores de 45 años
  • Trabajadores y trabajadoras con discapacidad
  • Parados de larga duración
  • Trabajadores de Pymes
  • Trabajadores con contrato a tiempo parcial
  • Trabajadores con contrato temporal

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